Home

Llamado a la acción del Relator Especial de la ONU sobre el Derecho a la Alimentación: Más de la mitad de los que padecen hambre en el mundo son parte del sistema alimentario

09.03.10 News
Printer-friendly version

El derecho a la alimentación se funda en instrumentos básicos de los derechos humanos (declaraciones, convenios, pactos) que no solamente obligan a los gobiernos a proteger este derecho fundamental sino también a garantizar activamente que el derecho a la alimentación sea efectivamente materializado. Los actores no estatales, incluyendo las compañías agroalimentarias que dominan cada vez más el sistema mundial de alimentación, también tienen obligaciones bajo la jurisprudencia internacional de los derechos humanos, incluyendo la obligación de asegurar que los derechos humanos no sean violados como resultado de sus operaciones.

Un nuevo informe del Relator Especial de la ONU sobre el Derecho a la Alimentación, Olivier De Schutter, emite una serie de enérgicas recomendaciones para los gobiernos y las grandes empresas en cuanto a "sus respectivas responsabilidades, diferentes pero complementarias, en virtud del derecho internacional" con el objeto de concretar el derecho a la alimentación.

Una premisa fundamental del informe consiste en que la mitad de las personas que padecen hambre en el mundo son productores de alimentos – asalariados/as agrícolas y pequeños minifundistas – y que la plena efectividad del derecho a la alimentación requiere acciones dentro del propio sistema alimentario para abordar los múltiples impactos de la agroindustria (compradores, elaboradores, minoristas).

Entre los puntos de acción propuestos por el Profesor De Schutter con respecto a los trabajadores/as agrícolas y el derecho a la alimentación figuran:

  • ratificación y puesta en ejecución por parte de los estados de todos los Convenios pertinentes de la OIT para el sector agroalimentario
  • establecer en su legislación nacional un salario mínimo correspondiente al menos a un salario vital como lo exigen las normas internacionales de derechos humanos
  • destinar recursos suficientes para dar cumplimiento a estas normas mediante inspecciones de trabajo en la agricultura
  • establecer un nivel jurídico de protección de seguridad social para los trabajadores/as agrícolas equivalente a los aplicables a otras industrias
  • crear registros obligatorios de los trabajadores/as agrícolas y licencias obligatorias para los proveedores de mano de obra
  • negociar acuerdos marco internacionales con organizaciones sindicales mundiales que, para ser eficaces, "deben proteger los derechos básicos de los trabajadores en toda la cadena de producción y distribución, que incluye no sólo a los empleados directos de la empresa transnacional, sino también a los de sus proveedores, productores por contrato o socios de empresas mixtas".   

‘La agroindustria y el Derecho a la Alimentación’, que plantea asimismo una serie de propuestas clave para proteger a los pequeños productores y promover la concreción del derecho a la alimentación, se encuentra a disposición aquí, en idiomas inglés, francés y español.